Quienes Somos

La ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA COMARCA DE TOMELLOSO, es una organización empresarial constituida en 1.989, año en el que se comienza a fraguar la idea de crear una Asociación sin animo de lucro en la localidad de Tomelloso, con el fin de defender los intereses de los Empresarios de toda la Comarca, y potenciar proyectos y actividades para el mayor numero de empresas y comercios.

La Asociación de Empresarios, actúa al amparo de la legislación vigente reguladora del Derecho de Asociación, Ley 19/77 del 1 de abril sobre regulación del Consejo de Asociación Sindical, Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, y disposiciones complementarias. Actuando a efectos fiscales mediante la razón social “ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA COMARCA DE TOMELLOSO”, y NIF G13.177.795.

Es independiente de la Administración, de las organizaciones de trabajadores y de los partidos políticos.

A la vez que esta organizada según unos Estatutos que rigen su funcionamiento interno, y una Junta Directiva que representa pluralmente a los diferentes sectores empresariales de nuestra Comarca.

Los Fines de la Asociación son:

1.- La representación, la gestión y defensa de los intereses comunes y peculiares de las empresas de cualquier actividad que integran la Asociación.

2.- Velar por el prestigio de la Asociación, fomentando su difusión entre las empresas de nuestra Comarca.

3.- Afiliarse, federarse y confederarse con entidades análogas de ámbito territorial igual o superior.

4.- Fomentar las acciones de colaboración entre las Asociaciones nacionales y las regionales, provinciales, comarcales y locales, fomentando y estimulando la cooperación y solidaridad entre sus componentes.

5.- Asesorar, encauzar y apoyar ante quien corresponda las pretensiones de los miembros de la Asociación.

6.- Participar en las deliberaciones, proyectos, estudios y discusiones relativas al establecimiento o modificación de las Reglamentaciones y Ordenanzas laborales, Convenios Colectivos de Trabajo, Mutualismo laboral, Seguridad Social y además normas que afectan a los trabajadores empleados en las empresas integradas en la Asociación.

7.- Mediar y dirimir las cuestiones que se susciten entre los miembros de la Asociación, entre las Asociaciones de grado inferior, o entre aquellos y estas, procurando pronunciar y aplicar fórmulas conciliadoras que eviten lesiones de los intereses legítimos de las partes.

Dentro de esta función se concederá especial importancia a la materia de competencia desleal.

8.- Crear, tutelar, dirigir los servicios que requiere el interés común de los miembros de la ASOCIACIÓN.

9.- Organizar actividades de carácter formativo sobre las especialidades teórico-prácticas de directa aplicación que constituyen un instrumento adecuado para aumentar el grado de eficacia en la gestión de las Empresas y perfeccionamiento profesional de sus empleados.

10.- Informar y asesorar a sus miembros en materias laborales, fiscales y en general todas aquellas que directa o indirectamente afecten a la actividad empresarial.

11.- Promover el cumplimiento de todos los acuerdos válidamente adoptados por los Órganos Directivos de la Asociación.

12.- Ejercitar ante los tribunales o cualquier otro organismo público las acciones que procedan con arreglo a las Leyes.

13.- Adquirir, poseer, administrar y disponer de bienes incluso inmuebles y derechos y contraer obligaciones con arreglo a las Leyes vigentes.

14.- Los fines procedentes tienen carácter enunciativo y abierto, por consiguiente, competen a la Asociación todos aquellos que sean de naturaleza análoga a los expresados o impliquen defensa de los intereses de la Asociación, o de los miembros de las mismas o fomenten la actividad profesional en si o estimulen la acción común para obtener mejoras morales o materiales de carácter general para las empresas asociadas o en particular para una o varias de ellas, en este último caso con la limitación de que no redunde en perjuicio de los demás miembros.